Aclaraciones sobre la inversión extranjera en el comercio mayorista y minorista

Se crearán las condiciones en septiembre para cuando se otorguen las nomenclaturas puedan comenzar a operar de inmediato
Autor: Redacción Nacional | internet@granma.cu
16 de agosto de 2022
La decisión del Estado cubano de aplicar, como parte de la implementación de la estrategia de desarrollo económico y social del país, un grupo de medidas que potencien la inversión extranjera en el comercio mayorista y minorista, ha suscitado inquietudes en la ciudadanía a las cuales ofrecen respuesta desde el Ministerio de Comercio Interior (Mincin) y el de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (Mincex).
De manera resumida, Granma publica algunas de esas imprescindibles aclaraciones.
COMERCIO MAYORISTA Y MINORISTA
–¿Cómo las empresas extranjeras podrán participar directamente en el desarrollo del comercio mayorista y minorista en Cuba?
–Además del suministro que realizan a través de las empresas comercializadoras y distribuidoras cubanas, para el caso del comercio mayorista, las empresas extranjeras podrán establecerse como modalidades de inversión extranjera en virtud de la Ley 118 De la Inversión Extranjera.
Se promueve el desarrollo de dos modelos de negocio para impulsar el comercio mayorista:
a) Empresas mixtas o contratos de asociación económica internacional (AEI) con fondo común, caso en el cual ambas partes realizarán aportes o aportaciones
b) Contrato de AEI de administración de servicios de un almacén o una red de almacenes, según el cual el inversionista extranjero se encarga de la administración de los almacenes y recibe el pago de honorarios por este concepto.
En el caso del comercio minorista, las entidades extranjeras podrán participar a través de asociaciones con entidades nacionales en virtud de la Ley 118. Se utilizará la modalidad de empresa mixta.
Entre sus propósitos estará impulsar el comercio minorista, un mayor abastecimiento e incrementar la eficiencia con la introducción de nuevas tecnologías para la comercialización y distribución, incluyendo el uso de plataformas de comercio electrónico establecidas en Cuba.
Es de interés que prefinancien a productores nacionales como suministradores.
–¿El cobro de sus ventas se realizará en CUP o MLC?
–Tanto en el caso del comercio mayorista como en el minorista, las medidas comprenden que estos negocios de inversión extranjera tengan un tratamiento financiero particular, que les permita garantizar su sostenibilidad.
En ese sentido, sus cobros y pagos serán con respaldo total de liquidez en divisas, incluyendo los pagos a entidades cubanas, así como los que se realizan por concepto de impuestos y contribuciones.
El Mincin explica que, en primera instancia hasta que mejore la situación financiera del país, las ventas se efectuarán en mlc y con pagos en divisa desde el exterior, con el propósito de que la liquidez que se obtenga en el país estimule la producción nacional y respalde las importaciones de productos de línea económica que se comercializarán a la población en pesos cubanos, favoreciendo a la población que no tiene acceso a esta moneda.
Los negocios con inversión extranjera, podrán realizarse en todo el territorio nacional, iniciando en los municipios cabeceras y otros de interés de los territorios.
–¿Las compañías extranjeras pueden establecerse en la modalidad de empresas de capital totalmente extranjero para el comercio mayorista?
–Se valorarán con atención todas las propuestas de establecimiento. La validez de esta modalidad estará asociada a las características del proyecto y a su contribución al fortalecimiento del mercado mayorista en el país.
–¿Cuáles son las principales tipologías de productos que se promoverán en el comercio mayorista?
–La intención es desarrollar negocios de inversión extranjera con el objetivo de captar recursos financieros, ampliar el acceso a mercados de suministro y obtener métodos gerenciales avanzados, tecnología y técnicas de mercadotecnia, a fin de lograr una oferta estable de mercancías y mejorar la eficiencia del comercio mayorista en Cuba.
Se promoverá que se destinen fundamentalmente a la venta de materias primas, insumos, equipamiento y otros bienes que contribuyan a impulsar el desarrollo de la producción nacional; y el suministro de productos alimenticios, de aseo, de línea económica y para la instalación de sistemas de generación de electricidad con fuentes renovables de energía.
También son de interés las propuestas que, además de comercializar productos de importación, incluyan el prefinanciamiento a productores nacionales con condiciones como suministradores de estos negocios de comercio mayorista.
–¿Las empresas que tienen sucursales en Cuba al amparo del Decreto 32 pueden participar en estos negocios para el comercio mayorista?
–Sí, se priorizarán aquellas compañías que se dedican a la venta de materias primas e insumos para la industria nacional. Deben presentar su propuesta de establecerse como modalidad de inversión extranjera a las potenciales contrapartes cubanas, en caso de asociaciones económicas internacionales; o directamente al Mincin, si su interés fuera establecerse como empresas de capital totalmente extranjero con esos objetivos.
–Si ya se posee un negocio con inversión extranjera en operaciones, ¿es posible ampliarlo para distribuir al comercio mayorista, incluyendo a las formas de gestión no estatal?
–Sí, además, podrá comercializar sus productos a ongs, embajadas, representaciones de empresas extranjeras y sucursales, cuyos pagos se deberán realizar por vías bancarias. En estos casos, será necesario que los socios, o partes en el negocio, acuerden participar en este segmento del mercado.
EL PAPEL DE LAS FORMAS DE GESTIÓN NO ESTATALES
–¿Cualquier forma de gestión no estatal podrá dirigirse al Mincex a solicitar la facultad de comercio exterior y el nomenclador para ejecutarla?
–No se pretende liberalizar el otorgamiento de facultades de comercio exterior ni a los emprendimientos privados, ni a las entidades estatales. No obstante, se ha considerado que en determinados casos puede resultar necesario conceder estas facilidades.
En este primer momento se atenderán aquellos negocios que realizan exportaciones de servicios, iniciando por el sector de la Informática.
Esta posibilidad se otorgará a las formas de gestión no estatal que exportan, con el objetivo de que financien las importaciones que requieran, con los flujos externos recibidos de las exportaciones u otros conceptos; se eliminen trabas u obstáculos que inciden en su desarrollo; así como que, a mediano plazo, contribuyan a estimular otras producciones nacionales que pudieran sustituir sus importaciones.
Se evaluarán los negocios que realizan contratos ventajosos que les permitan contribuir a obtener en la economía nacional bienes y servicios con mejores condiciones en términos de precios y otras.
Se ha creado un Grupo temporal de trabajo, bajo la rectoría del Mincex, que está evaluando todas las formas de gestión no estatal que exportan servicios, para presentar a aprobación en septiembre las primeras entidades a las que les sería otorgada la facultad de ejecutar el comercio exterior directamente.
–¿Qué tipos de servicios informáticos de exportación serían los analizados para otorgar esta facultad?
–Serían aquellos servicios informáticos que hoy se exportan a través de empresas estatales. En esta etapa no se evaluarán las formas de gestión no estatal que tienen como objeto prestar esos servicios cuando implican la exportación de fuerza de trabajo. Existe una política en progreso en este sentido.
–Luego del sector informático ¿cuál se evaluaría y cuándo?
–Se analizarán gradualmente en función de los sectores priorizados en el Programa Nacional de Desarrollo Económico-Social hasta 2030, y el Mincex convocará a las formas de gestión no estatal, priorizando aquellas que aporten bienes y servicios a la economía nacional, como, por ejemplo, la generación con fuentes renovables de energía.
–¿Podrán las formas de gestión no estatal importar todos los productos que soliciten y, además, se podrán vender en el mercado nacional?
–Se otorgará la facultad de importación para adquirir los insumos, materias primas, equipos y otros productos necesarios para cumplir con su actividad económica autorizada, comenzando por aquellos que tributen a sus exportaciones. Esto se realizará, tal y como se hace con el resto de las empresas que realizan comercio exterior, a través del nomenclador que se autoriza a cada entidad por el Mincex.
–¿Se continuarán utilizando las tarjetas autorizadas en MLC para realizar esas operaciones directamente con los proveedores y clientes en el extranjero?
–Las formas de gestión no estatal contarán con flujos propios diferenciados y ejecutables para la importación y la exportación, y se tomarán las medidas para respaldar la liquidez en los bancos comerciales, al menos para las operaciones donde intervengan estas.
Se crearán las condiciones en septiembre para cuando se otorguen las nomenclaturas puedan comenzar a operar de inmediato. El Banco Central de Cuba, el Ministerio de Economía y Planificación, el Ministerio de Finanzas y Precios, y el Mincex están evaluando aceleradamente las medidas que se tomarán para concretar esas operaciones, unido a la emisión de las normas que corresponda.
Fuente: Granma